Normalmente te enteras tarde, cuando el contador de tu cliente te escribe porque no puede acreditar el IVA de una factura que ya te pagó. Esta guía es para que encuentres los complementos que te faltan antes de que te los pidan.
Cuándo hace falta un complemento
Depende del método de pago con el que emitiste la factura:
- PUE, pago en una sola exhibición. La factura se paga completa en el mismo mes en que la emites. No lleva complemento.
- PPD, pago en parcialidades o diferido. La emites antes de cobrarla, o la cobras en varias partes. Cada vez que te pagan, emites un complemento de pago: un CFDI de tipo "pago", que también encontrarás como REP (recibo electrónico de pago).
El complemento dice qué factura se pagó, cuánto, en qué parcialidad va y cuánto queda de saldo. Sin él, para el SAT esa factura sigue sin pagarse.
El plazo: el día 5 del mes siguiente al pago
Las reglas del SAT piden emitir el complemento a más tardar el quinto día natural del mes siguiente a aquel en que recibiste el pago. Hasta 2021 eran diez días; desde 2022 son cinco. Hoy lo dice la regla 2.7.1.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026; el número de la regla puede cambiar de un año a otro.
Ejemplo
Te pagan el 20 de abril. El complemento debe estar emitido a más tardar el 5 de mayo.
Puedes emitir un complemento por cada pago o uno por cliente que junte todos los pagos que te hizo en el mes. Las dos se valen. Lo importante es que cada pago tenga el suyo.
Por qué importa
- A tu cliente: sin el complemento no puede acreditar el IVA de esa factura. Por eso es él quien suele reclamarlo.
- A ti: no emitir los comprobantes que te tocan puede acarrear multas. Además, tu contabilidad muestra como pendiente un dinero que ya cobraste.
Cómo revisarlo en cuatro pasos
Necesitas tres listas del periodo que vas a revisar: tus facturas PPD, los pagos que recibiste y los complementos que emitiste.
1. Junta tus facturas PPD
Descárgalas de tu sistema de facturación o del portal del SAT, filtrando por método de pago PPD. Toma unos meses hacia atrás, no solo el último: los pagos atrasados son los que más se olvidan.
2. Junta los pagos que recibiste
De tu estado de cuenta: fecha, cliente y monto de cada depósito o transferencia que corresponda a esas facturas.
3. Lee tus complementos
Cada complemento trae, por cada factura que paga:
- El folio fiscal (UUID) de la factura pagada.
- El número de parcialidad: 1 para el primer pago, 2 para el segundo…
- El saldo anterior, el monto pagado y el saldo que queda (saldo insoluto).
4. Cruza
- Un pago sin complemento que lo cubra: ese es el que falta. Revisa en qué mes lo recibiste para saber si ya pasó el día 5.
- Una factura cuyo último complemento deja saldo en cero: está completa.
- Una factura con saldo pero sin pagos nuevos: no falta complemento; lo que falta es cobrar.
Ejemplo completo
Factura F-120 por $11,600, PPD, emitida el 2 de octubre.
- 15 de octubre: te pagan $5,800. Complemento emitido el 3 de noviembre: parcialidad 1, saldo anterior $11,600, pagado $5,800, saldo $5,800. A tiempo.
- 20 de noviembre: te pagan los otros $5,800. Al revisar el 6 de diciembre no hay complemento de la parcialidad 2.
Resultado: falta el complemento del pago del 20 de noviembre, y ya pasó el día 5. Emítelo cuanto antes y avísale a tu cliente.
Los errores que más vemos
- Una factura PUE que se pagó en otro mes. Si sabías que no te iban a pagar en el mismo mes, debió ser PPD. Pregúntale a tu contador cómo corregirla.
- Un complemento por un monto distinto al pago. Por ejemplo, el cliente te retuvo una comisión bancaria y el complemento salió por el total. El complemento debe reflejar lo que realmente se pagó.
- Un complemento cancelado y no reemplazado. Si cancelaste uno para corregirlo, revisa que el nuevo sí esté emitido.
- Una factura sustituida. Si cancelaste una factura y la sustituiste por otra, los complementos nuevos deben apuntar al folio de la factura nueva.
Para no volver a hacerlo a mano
Esta revisión sirve, pero te come una tarde y hay que hacerla cada mes. Y si la persona que la hacía se fue de la empresa, toca empezar desde cero. En administratupyme la hacemos por ti: leemos tus facturas y complementos, cruzamos tus cobros y te avisamos de cada complemento pendiente con su fecha límite, aunque factures en otro sistema.
Fuentes
- Resolución Miscelánea Fiscal 2026, regla 2.7.1.32 · SAT
- El plazo para emitir el complemento de pago disminuyó con la RMF 2022 · El Contribuyente
- Complemento de pago CFDI: requisitos y ejemplos · Siempre al Día
- Cuándo y cómo se emite un CFDI con complemento de pago · Conta Digital
- PPD, REP, cobranza y pagos · ContadorMx